Escribe un
internacionalista “La cantaleta del principio de la no intervención de la
política exterior mexicana es una payasada. Intervenimos cuando Franco y
Pinochet.” Eso dijo a raíz de la postura mexicana ante la calamidad venezolana y
la conducta de Maduro. Dijo o escribió, aún no me decido puesto que se trata de
un tuit (de agosto 10, 2017), y aquí parece que las libertades al pensar son
las mismas que cuando uno habla… sentado, en un bar, bebido y con la camisa
desabrochada. Y supongo que está bien, en general. Salvo por las
particularidades del caso. Me explico.
Carlos
Elizondo Mayer-Serra es Doctor y Maestro en ciencia política. También estudió
la licenciatura en relaciones internacionales en El Colegio de México. Es uno
de tantos a quienes se les paga por saber y enseñar. Y en su calidad de experto
interviene con potente audio parlante en el debate público: televisión, prensa,
etc. La inexorable realidad del costo de oportunidad me hace leerle menos de lo
que podría. Sin embargo, reconozco que tiene sus seguidores, y que cumple en
formar opinión. Justo por eso ahora escribo sobre su tuit.
Como es sabido, mucho de lo que puede y debe el Presidente está
contenido en el Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la conducción de la política exterior incluida. También hay
regulación secundaría; abundantísima al grado que uno podría entender que a un
especialista se le escape cierta variación. Acaso sería más defendible. Pero es
más difícil aceptar que un especialista ignore –porque desconozca o porque
soslaye– un cambio constitucional en su materia. Diría, con bonhomía, que es
muy poco profesional.
Resulta que
en 1989 (al tiempo que el doctor estudiaba relaciones internacionales) se
quisieron plasmar en la Constitución los principios rectores de nuestra
conducta internacional. Dice, pues, el artículo 89 en su fracción número 10:
En la conducción de tal política [exterior], el
titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la
autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de
controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las
relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación
internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los
derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.
Dan igual,
por lo pronto, los méritos de la doctrina Carranza o de la doctrina Estrada que
inspiran algunos de estos lineamientos. Su origen y prevalencia se entienden
por las peculiaridades de nuestra historia. Incluso da igual la sapiencia de
consignar en la Constitución lineamientos para la política exterior. Esa sería
una discusión distinta. Lo que es claro es que la no intervención mexicana en
asuntos ajenos en absoluto es una cantaleta. Dice la RAE que “cantaleta”
significa: “Ruido y confusión de voces e instrumentos con que se hacía burla de
alguien. Canción burlesca con que, ordinariamente de noche, se hacía mofa de
una o varias personas. Chasco, vaya, zumba.” Lo traigo a cuento por
aquello de decir cosas sin reparar en lo que se dice… pero no me hagan explicar
qué es una “payasada”.
Mi punto:
es triste ver la ligereza con la que se participa en el debate público. He aquí
un experto que ignora –por desconocer o soslayar– que la no intervención es un
principio constitucional y sobaja su aplicación. El especialista se apresta
para dictar qué se debe hacer sin detenerse a pensar en las particularidades
del caso –como una constricción constitucional–. Insisto, lo reprobable no es
una opinión sobre este principio constitucional; sino que ni siquiera se puede
tener esta discusión porque el principio –constitucional– es una “cantaleta”. Hay
que ver el desenfado con el que se pretende formar opinión.
Los más de
los comentócratas, paladines de la democracia, reconocen la importancia que tiene
el debate público. Sería bueno que la reconocieran desde la primera persona del
singular.
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